El Cronograma libre AFP 2024 sin DNI es una opción excepcional para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) en Perú que desean realizar el séptimo retiro de sus fondos, pero sin depender del último dígito de su Documento Nacional de Identidad (DNI). Esta modalidad ofrece flexibilidad en el proceso de solicitud, permitiendo a los afiliados disponer de sus fondos sin tener que esperar su turno según su número de documento.
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Fechas importantes para el retiro AFP
El inicio de las solicitudes del séptimo retiro AFP de hasta S/20.600 está programado para dentro de dos semanas, específicamente el 20 de mayo. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) ha oficializado el procedimiento operativo para este retiro extraordinario y facultativo. La Asociación de AFP ha establecido un cronograma para el registro de solicitudes, que abarca desde el 20 de mayo hasta el 1 de julio.
Cronograma libre AFP 2024 sin DNI para rezagados
Después del periodo establecido para las solicitudes regulares, del 2 de julio al 17 de agosto se abrirá un cronograma para los afiliados rezagados. Esta fase permite una opción libre, sin necesidad de seguir el último dígito del DNI. Así, se garantiza que todos los afiliados tengan la oportunidad de solicitar el retiro dentro de los 90 días establecidos por la ley.
Beneficios de la opción libre
¿En qué caso le convendría a un afiliado esperar esta opción? La opción libre puede ser beneficiosa para aquellos que desean maximizar el monto de su retiro AFP. Por ejemplo, si un afiliado espera un mes adicional para que su empresa le descuente el 10% de su sueldo, podría obtener un monto mayor al momento de retirar sus fondos. Sin embargo, es crucial recordar que el plazo máximo para solicitar el retiro es el 17 de agosto. Por lo tanto, el afiliado debe coordinar con su empleador para garantizar que su retiro se realice dentro de este periodo.
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Importancia de la fecha de solicitud
Es fundamental destacar que el monto final que recibirán los afiliados es el que figura en la fecha en que presentan su solicitud. Según el reglamento de la SBS, los afiliados pueden solicitar el retiro extraordinario y facultativo de fondos, hasta por un monto de cuatro (4) UIT, respecto del total registrado en su CIC de aportes obligatorios, a la fecha de presentación de la solicitud. Esto significa que el monto disponible para el retiro puede variar dependiendo de cuándo se realice la solicitud.