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¿Qué bienes no pueden embargar en Perú?
septiembre 13, 2024
Autor: SEO JR La Hora
Qué bienes no pueden embargar en Perú

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El incumplimiento de una deuda en Perú puede acarrear graves consecuencias legales, siendo el embargo de bienes una de las más temidas. Este proceso judicial permite a los acreedores recuperar lo adeudado a través de la confiscación de los bienes del deudor. Sin embargo, no todos los bienes pueden ser embargados, ya que existen protecciones legales que garantizan la subsistencia del deudor y su familia.

A continuación, te explicamos qué bienes no pueden embargar en Perú, cómo se lleva a cabo este proceso y cuáles son las limitaciones legales que deben tenerse en cuenta.

¿Cuándo pueden embargar tus bienes?

El embargo es una medida legal que se aplica cuando una persona incumple sus obligaciones de pago. Antes de que los bienes puedan ser embargados, se deben cumplir varios pasos legales. Según Cristian Cáceres, abogado en derecho civil, “el primer paso es enviar un requerimiento notarial, que íntima al deudor a realizar el pago o a llegar a un acuerdo de conciliación”.

Si no se logra una solución, el acreedor puede solicitar al juez una medida cautelar para congelar los bienes del deudor, evitando que sean vendidos o transferidos durante el proceso judicial.

En caso de que el proceso avance y el deudor pierda el juicio, el juez puede ordenar el remate de los bienes embargados. El valor obtenido de la venta se destina a pagar la deuda, los intereses generados y los gastos judiciales. Si existe un excedente tras el remate, este se devuelve al deudor.

¿Qué bienes no pueden ser embargados en Perú?

El Código Procesal Civil del Perú, específicamente en su artículo 648°, establece una lista de bienes que son considerados inembargables. Esta protección legal busca garantizar que el deudor y su familia puedan mantener una subsistencia digna, incluso en situaciones económicas difíciles. Los bienes inembargables incluyen:

1. Patrimonio familiar

El patrimonio familiar es uno de los bienes más protegidos por la ley. Se refiere a la vivienda familiar o los bienes esenciales que sirven para la convivencia y sustento de los miembros de la familia.

2. Objetos de uso personal

Libros, alimentos y otros objetos de uso personal también son inembargables, ya que son considerados indispensables para la vida cotidiana del deudor.

3. Herramientas y vehículos para el trabajo

Las herramientas, máquinas y vehículos necesarios para que el deudor realice su trabajo o ejerza su profesión están protegidos de embargo. Por ejemplo, si una persona necesita un auto para trabajar como taxista, dicho vehículo no podrá ser confiscado.

4. Uniformes y equipo de servidores públicos

Los uniformes e insignias que utilizan los servidores públicos, así como las armas y equipos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, son bienes inembargables debido a su carácter indispensable para el desempeño de sus funciones.

5. Remuneraciones y pensiones

Las remuneraciones y pensiones también cuentan con una protección especial. Solo puede embargarse un tercio de los ingresos que excedan las cinco unidades de referencia procesal (URP). Esto significa que si el salario o pensión del deudor no supera este límite, no podrá ser embargado.

¿Existen excepciones a la inembargabilidad?

Aunque algunos bienes están protegidos por ley, existen excepciones. Por ejemplo, si el deudor tiene múltiples propiedades, las viviendas adicionales que no formen parte del patrimonio familiar podrían ser embargadas. Del mismo modo, los bienes de lujo, que no son considerados esenciales para la subsistencia, pueden ser objeto de embargo.

Otro aspecto importante es que las deudas generadas por alimentos (pensión alimenticia) tienen prioridad sobre otras obligaciones, lo que significa que en estos casos, la ley puede permitir embargos más agresivos.

¿Cuándo prescriben las deudas?

Una pregunta frecuente relacionada con el embargo de bienes es cuándo prescriben las deudas. El Código Civil peruano establece que, en términos generales, las deudas prescriben a los diez años. Una vez transcurrido ese plazo, el acreedor ya no puede reclamar judicialmente el pago de la deuda.

Sin embargo, es importante aclarar que aunque la deuda prescriba en el ámbito judicial, esta seguirá siendo visible en los registros de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), lo que podría afectar el historial crediticio del deudor y limitar su acceso a productos financieros.

¿Cómo evitar un embargo?

Para evitar llegar al extremo de un embargo, es recomendable que las personas con deudas sigan estos consejos:

  1. Negociar con el acreedor: Siempre es mejor intentar llegar a un acuerdo con el acreedor antes de que la situación se complique. A veces, los acreedores están dispuestos a aceptar pagos fraccionados o llegar a una conciliación extrajudicial.
  2. Cumplir con los plazos de pago: Mantenerse al día con los pagos es la mejor forma de evitar que el acreedor solicite un embargo.
  3. Buscar asesoría legal: Si te enfrentas a un proceso de embargo, lo mejor es contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho civil para proteger tus derechos.
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