El retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un tema de interés para muchos trabajadores en Perú, especialmente en el año 2024. Aquí te proporcionamos toda la información relevante sobre el retiro de la CTS en Perú para este periodo.
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¿Qué es la CTS y cómo funciona en el 2024?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es una prestación económica que se otorga a los trabajadores con el fin de constituir un fondo para futuras contingencias después de la culminación de su contrato laboral. En el 2024, el periodo correspondiente para el retiro de la CTS es el semestral de noviembre 2023 – abril 2024.
¿Cuándo se puede retirar la CTS en el 2024?
Ley de retiro de CTS 2024
La Ley de retiro de CTS 2024 establece que los trabajadores pueden disponer del 100% de sus fondos acumulados en la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024. Esta disposición busca brindar alivio económico a los trabajadores en medio de la crisis económica causada por la pandemia del coronavirus.
¿Quiénes pueden retirar su CTS en el 2024?
Libre disponibilidad del 100% de la CTS
De acuerdo con la Ley N° 31480, los trabajadores pueden retirar el 100% de los fondos de su CTS hasta el 31 de diciembre del 2023. Sin embargo, para el año 2024, está pendiente la aprobación de un dictamen que permita el retiro voluntario de hasta el 100% de los fondos acumulados de la CTS.
Retiro de la CTS que excede a cuatro sueldos
Según la Ley 30334, los trabajadores pueden retirar el exceso de cuatro sueldos de su CTS. Esto significa que pueden disponer libremente del monto que supere cuatro veces su remuneración mensual.
Procedimiento para el retiro de la CTS en el 2024
Si un trabajador desea retirar su CTS, debe seguir estos pasos:
- Comunicar por escrito a su empleador su intención de retirar la CTS.
- El empleador informará a la entidad financiera donde se encuentra depositada la CTS sobre el monto que se podrá disponer libremente.
- Para determinar el monto a retirar, se considerará el último sueldo del trabajador multiplicado por cuatro.
Casos en los que no se tiene derecho a la CTS
Según la ley peruana, algunos trabajadores no tienen derecho a recibir la CTS. Estos incluyen:
- Trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias.
- Aquellos que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público.
- Trabajadores de microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype, entre otros.
Embargo y retención de la CTS
Los depósitos de la CTS pueden ser embargados hasta el 50% por deudas de alimentos. Es importante tener en cuenta que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, incluso en caso de embargo judicial.
Multas por incumplimiento en el pago de la CTS
La Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicará multas por incumplimiento en el pago de la CTS hasta el 15 de mayo, considerando esta falta como una infracción grave.
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Recuerda que esta información es válida al momento de redacción del artículo y puede estar sujeta a cambios según nuevas disposiciones legales. Es importante estar al tanto de las actualizaciones proporcionadas por las autoridades pertinentes.