Congreso de la República publicó ayer la ley del taxi colectivo que formalizará a 9 mil taxistas en la región.

El Congreso de la República publicó ayer la Ley del Taxi Colectivo, la cual logrará que nueve mil taxistas de nuestra región logren su pronta formalización.

Esta Ley 31096 establece que se usen los vehículos de clasificación M1, con carrocería Sedán o Station Wagon, establecida por el Decreto Supremo 058-2003-MTC. Además, están incluidas las unidades de clasificación M2 para zonas rural y urbana, vehículos con más de ocho plazas, excluida la del conductor, cuya masa máxima no supere las cinco toneladas, diseñados y fabricados para transporte de pasajeros.

Según la Ley 31096, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) autorizará el servicio de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional, entre ciudades de provincias ubicadas en distintas regiones.

Por su parte, los gobiernos regionales y locales autorizarán el servicio de transporte terrestre de personas en automóvil colectivo de ámbito interprovincial e interdistrital, entre provincias y distritos ubicados en una misma región, según corresponda.

Los vehículos de clasificación M1 y M2 autorizados para prestar el servicio de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo deberán cumplir con las condiciones técnicas y de seguridad que se establezcan en el reglamento de la presente ley y por las autoridades competentes.

LA REGLAMENTACIÓN

Asimismo, el Poder Ejecutivo, en un plazo de 30 días calendario, reglamentará la presente ley, sin distorsionar el espíritu de la misma y bajo responsabilidad funcional.

Es así que el dirigente de la Federación Regional de Transportistas, Jhon Cristín, espera que el MTC acelere la reglamentación y de esta manera se dé la formalización a corto plazo.

Dijo que en la región existen aproximadamente 9 mil taxistas que están a la espera de que se reglamete la ley.

Cabe mencionar que la norma señala que la Superintendencia de Transporte Terrestre de Pasajeros, Carga y Mercancías (Sutran) administrará, publicará y actualizará el registro oficial de empresas que, a nivel nacional, prestan el servicio de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo que utilizan vehículos de clasificación M1 y M2. “Una vez empadronadas las empresas y sus vehículos, no se podrá incrementar el número de vehículos señalados a efectos de la habilitación vehicular inicial correspondiente”, indica la ley.