Perú: Otorgan 180 días a extranjeros para regularizar su situación migratoria
junio 19, 2023
Autor: Victor Palacios
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El Gobierno publicó hoy la norma que fija en 180 días el tiempo otorgado a extranjeros y extranjeras que residen en nuestro país de manera irregular o ilegal a finde de que puedan regularizar su situación migratoria, indicando además que dicho trámite no procederá con quienes tengan antecedentes penales o problemas con la justicia.

El Decreto Supremo N° 010-2020-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano se da en el contexto de la existencia de un gran número de personas extranjeras que han decidido permanecer dentro del territorio nacional en una situación migratoria irregular, afectando de esta manera sus derechos y el control que como Estado soberano el Perú debe ejercer.
Po esta razón, la norma dicta medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar dicha situación otorgando un plazo definido para presentar la solicitud de regularización migratoria, que no deberá exceder de los ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la presente norma. La solicitud de regularización se presentará por única vez.
La norma del Ministerio del Interior detalla además que, como consecuencia del procedimiento para la obtención del Permiso Temporal de Permanencia, Migraciones emite el Carné de Permiso Temporal de Permanencia – CPP, con vigencia de un (1) año calendario.
Su otorgamiento acredita la situación migratoria regular en el país, habilitando a la persona extranjera beneficiaria a desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana.
Antes del vencimiento del documento otorgado, la persona beneficiaria debe optar por una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente, según su situación personal o por la actividad que desarrolla en el territorio nacional.
Mientras se encuentre en trámite el procedimiento de Regularización Migratoria, el solicitante puede salir del país por treinta (30) días calendario, previo permiso especial de viaje correspondiente; caso contrario, pierde automáticamente el trámite iniciado.
Este tipo de permisos se podrán otorgar más allá de los noventa (90) días calendario, durante la vigencia del Carné de Permiso Temporal de Permanencia; caso contrario, pierde automáticamente el beneficio otorgado.
Este procedimiento administrativo es de evaluación previa, el mismo que debe resolverse en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, y está sujeto al silencio administrativo negativo.
Sin antecedentes penales
 
Los requisitos para la aprobación del procedimiento administrativo de Regularización Migratoria para mayores de edad son:
1- Solicitud que da inicio al procedimiento de Regularización Migratoria, que se genera automáticamente en la respectiva sede de Migraciones y es suscrita por el solicitante con carácter de declaración jurada. En caso de personas mayores de edad con discapacidad permanente, que no puedan expresar su voluntad de manera indubitable, es suscrita por su representante legal de acuerdo con el Código Civil.
2- Número de recibo y fecha de pago.
3- Copia simple del pasaporte vigente o del documento de identidad vigente, cuando este sea reconocido como documento de viaje, según los convenios internacionales suscritos por el Perú.
4- Copia simple del recibo de servicio público en el que conste el domicilio declarado en la solicitud de regularización migratoria.
5- Declaración jurada, que indique lo siguiente:
– No poseer antecedentes penales, policiales y judiciales a nivel nacional e internacional o referencias internacionales de la Organización Internacional de Policía Criminal -INTERPOL.
– No estar comprendido en los supuestos de impedimento de ingreso al territorio nacional a los que hace referencia el artículo 11 de la presente norma.
– Compromiso de acogerse al fraccionamiento de la deuda por concepto de multas y/o tasas migratorias, de corresponder.
La norma detalla también los procedimientos diferenciados a realizar cuando el trámite de regularización de situación migratoria correspondan a menores de edad o personas con discapacidad.
En caso se apruebe la solicitud de regularización migratoria, se procede a la emisión y entrega personal del Carné de Permiso Temporal de Permanencia – CPP.
En todos los casos, la entrega de información falsa será motivo de expulsión del país.
Fuente: Agencia Andina
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