Únete al Newsletter
Mascarilla debe seguir usándose en toda la región
mayo 28, 2022
Autor: Actualidad La Hora 2

Compartir:



El director de la Diresa Piura, Fernando Agüero, indicó que se debe seguir usando las mascarillas en espacios públicos abiertos.

Ello,  a pesar de estar muy cerca de cumplir el 80% de adultos mayores vacunados con la tercera dosis contra la COVID-19.

Según las normas del Ministerio de Salud, para que una región pueda usar de manera opcional la mascarilla en este grupo etario, tiene que contar con o más del 80% de su población inoculada, en Piura llegamos al 75%.

Estado de Emergencia por COVID-19 

El Gobierno dispuso prorrogar el estado de emergencia nacional, por 30 días calendario, a partir del 1 de junio del 2022, por las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia del covid-19. Así lo establece la norma publicada este jueves (26.05.2022) en el diario oficial El Peruano.

El Decreto Supremo N° 058-2022-PCM señala que durante el estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio. Estos se encuentran comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.


TAMBIÉN LEA | ¡UNA BUENA NOTICIA! PIURA SOLO REGISTRA DOS PACIENTES HOSPITALIZADOS POR COVID-19


En los considerandos de la norma se indica que, en las últimas semanas, se presenta un ligero incremento de casos; y, entre otros aspectos, el Ministerio de Salud (Minsa) recomienda prorrogar el estado de emergencia nacional por el plazo de 30 días calendario; así como, mantener las medidas preventivas y de control de cumplimiento de las normas de convivencia social dispuestas.

En esa línea, la norma sostiene que el Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo al principio de equidad, siendo posible establecer limitaciones al ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio, al libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así como al ejercicio del derecho de reunión en resguardo de la salud pública.

Minsa error cuarta dosis


PUEDES LEER | EL VIRUS COXSACKIE VS LA COVID-19


El presente Decreto Supremo es refrendado por el presidente de la República, Pedro Castillo y el primer ministro, Aníbal Torres, así como por los ministros del Interior, Defensa, Relaciones Exteriores, Salud, Justicia y Derechos Humanos, Desarrollo e Inclusión Social, Trabajo y Promoción del Empleo, Comercio Exterior y Turismo, Transportes y Comunicaciones, Educación, Economía y Finanzas, Energía y Minas, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Desarrollo Agrario y Riego, Producción, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ambiente, y el de Cultura.


Síguenos en nuestras redes sociales:


Temas: Gobierno | Estado de Emergencia | Perú | PCM | Covid-19
Más populares