El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha emitido una orden de suspensión de «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Nacional de Primarias» (CNP) el pasado domingo, en respuesta a un recurso presentado por el diputado opositor José Brito, quien solicitó la revisión de «irregularidades».
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Según la sentencia 122 de la Sala Electoral del TSJ, disponible en el sitio web del órgano judicial, la comisión encargada de organizar las elecciones internas de la oposición debe presentar «los antecedentes administrativos que contengan las veinticinco fases del proceso electoral». Esto abarca desde la convocatoria del evento hasta las actas de escrutinio, totalización y proclamación.
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Además, se exige que la CNP entregue al TSJ las actas de aceptación de candidatura de aquellos aspirantes que fueron inhabilitados por la Contraloría para ocupar cargos de elección popular. Este es el caso de María Corina Machado, ganadora de las primarias, quien enfrenta una medida administrativa impuesta en 2015, inicialmente por un año, pero recientemente extendida hasta el año 2030.
En el mismo sentido, la comisión deberá presentar las renuncias de los candidatos Henrique Capriles y Freddy Superlano, quienes declinaron su participación apenas unas semanas antes de las elecciones y también están inhabilitados. Asimismo, se solicitan las renuncias de «cualquier otro ciudadano que haya decidido renunciar a su candidatura».
El TSJ otorga un plazo de tres días a la CNP para presentar un informe que detalle «el mecanismo utilizado para el resguardo del material electoral y el lugar designado para tal fin». Finalmente, se ordena notificar al fiscal general, Tarek William Saab, y a otros poderes públicos sobre esta sentencia y sobre los hechos denunciados por Brito, que podrían constituir «la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes», sin especificar la naturaleza de dichos actos ilícitos.