El Congreso aprobó la Ley N.º 32231, que modifica la Ley Orgánica de Elecciones y establece un incentivo económico de S/160,5 (equivalente al 3% de 1 UIT, actualmente fijada en S/5.350) para los miembros de mesa que participen en los procesos electorales. Asimismo, la norma dispone que los trabajadores del sector público y privado que cumplan esta función recibirán un día de descanso laboral.
Esta disposición fue publicada en el diario El Peruano y cuenta con las firmas de Eduardo Salhuana, presidente del Congreso; Patricia Juárez, primera vicepresidenta del Parlamento; la presidenta Dina Boluarte; y el titular del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.
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Según lo indicado en la norma, la compensación económica será gestionada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y se otorgará por cada jornada electoral a los miembros de mesa que hayan participado desde la apertura de las mesas de sufragio hasta la finalización del escrutinio. Además, para recibir el pago, es requisito haber cumplido con el proceso de capacitación previo.
Descanso laboral para miembros de mesa
La ley también estipula que los miembros de mesa tendrán derecho a un día de descanso remunerado y no compensable, aplicable dentro de los 90 días posteriores a las elecciones. La fecha será acordada entre el trabajador y el empleador; de no llegar a un acuerdo, será el empleador quien determine el día. Este beneficio está sujeto a que los participantes hayan completado el proceso de capacitación obligatorio.
El texto de la norma, publicado en El Peruano, señala: «Adicionalmente, siempre que se haya cumplido con la capacitación, se otorga un día de descanso remunerado, no compensable, tanto para trabajadores públicos como privados, aplicable dentro de los 90 días posteriores a la elección. En caso de desacuerdo, el empleador establecerá la fecha”.