La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó por mayoría las observaciones que remitió el Poder Ejecutivo a la autógrafa de ley que exonera el Impuesto General a las Ventas (IGV) a alimentos de la canasta básica familiar.
Fueron 14 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones de modificar la norma.
Cuestión previa
Durante el debate de la norma, el congresista Segundo Montalvo, de la bancada de Perú Libre, planteó una cuestión previa para añadir un artículo a la propuesta del Poder Ejecutivo por considerar que el dictamen no estaba bien focalizado.
El legislador propuso que se agregue un quinto artículo al texto sustitutorio a fin de precisar que la exoneración del IGV es para aquellos productos que son parte del consumo de las familias en pobreza.
La cuestión previa finalmente solo tuvo el voto favorable de Montalvo.
¿Cuánto cuesta un faisán y una gallina de guinea en Perú?
¿Qué alimentos tendrán la exoneración del IGV?
Según la propuesya del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los productos exonerados del IGV son el pollo, los huevos de gallina, el azúcar, las pastas sin cocer y el pan.
Los cambios propuestos entrarían en vigencia a partir del 1 de mayo del 2022, hasta el 31 de julio del 2022 y ya no hasta diciembre 2022, como fue planteado en el proyecto aprobado por el Congreso.
El dictamen aprobado por la Comisión de Economía será incluido en la agenda del pleno del Parlamento que hoy sesionará a las 15.00 horas.
La Ley establece que los contribuyentes que comercialicen los productos exonerados del IGV podrán aplicar como crédito fiscal el impuesto correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los cuales serán determinados mediante decreto supremo.
Síguenos en nuestras redes sociales:
- Facebook: @lahoradepiura
- Twitter: @lahoradepiura
- Instagram: @lahoradepiura
- YouTube: @diariolahorapiura
- TikTok: @lahoradepiura