La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) se paga semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año y cada depósito equivale aproximadamente a medio sueldo, por lo que mediante un sencillo ejercicio usted puede calcular el monto exacto que recibirá.
La congresista Dina Calle, del partido Podemos Perú, presentó una iniciativa para que los trabajadores que cuenten con CTS pueden retirar el 100% del dinero. Esto solo se haría realidad si el Congreso de la República aprueba en el pleno el dictamen que busca liberar la totalidad de este ahorro que tiene como fin ayudar a los colaboradores que se quedan sin trabajo.
Según la autora del proyecto, el objetivo de esta medida es “aliviar la economía familiar afectada por las consecuencias de pandemia de la COVID-19 y por la actual crisis económica que afronta nuestro país”.
Si se logra aprobar en el Pleno del Congreso, la medida estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2023.
¿Cuándo pagan CTS 2022?
La CTS se paga dentro de los primeros 15 días de forma semestral en los meses de mayo y noviembre. Se cuentan los días hábiles para el pago de este beneficio, si el último día es inhábil, se realiza el pago el primer día hábil.
- Del 1 de noviembre al 30 de abril – Depósito de mayo.
- Del 1 de mayo al 31 de octubre – Depósito de noviembre.
¿Cómo calcular la CTS?
Para saber cuánto es lo que recibirá por concepto de CTS, el portal Comparabien explica:
Tome en cuenta su sueldo mensual, luego súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis).
Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
Ejemplo, con un sueldo básico de S/ 1,500:
- 1/6 de gratificación: S/250
- Sueldo básico más 1/6 de gratificación: S/1.500 + S/250 = S/1.750
- Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1.750/360 = 4.86
- Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/874.8
- Así, para el ejemplo, lo que recibirá de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.
¿Qué trabajadores reciben CTS?
Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.
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