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Techo Propio: Lanzan tercera convocatoria para dar bonos a familias de Piura
septiembre 10, 2020
Autor: Victor Palacios

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Conoce todo acerca de este beneficio y los requisitos para acceder obtenerlo.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispuso que el programa Techo Propio otorgue 350 Bonos Familiares Habitacionales (BFH) en el distrito de Cura Mori (Piura), bajo la modalidad de Construcción en Sitio Propio.

A través de la Resolución Ministerial Nº 198-2020-Vivienda, publicada en el diario oficial El Peruano, se oficializó la tercera convocatoria de Techo Propio en el 2020, para entregar bonos de 25,800 soles.

Cabe indicar que el Bono Familiar Habitacional es un subsidio directo que otorga el Estado a una familia de manera gratuita y no se devuelve.

La modalidad Construcción en Sitio Propio está dirigida a las familias que tienen un terreno propio o aires independizados inscritos en Registros Públicos, sin cargas ni gravámenes, para construir su vivienda.

La ejecución de las obras de construcción está a cargo de una Entidad Técnica (ET) autorizada por el Fondo Mivivienda.

Esta convocatoria del programa Techo Propio es para los grupos familiares que cumplan los requisitos para acceder a este beneficio, así como para las Entidades Técnicas (ET) con registro vigente.

¿Cuáles son los requisitos?

El BFH se otorga de acuerdo a dos clases de vivienda:

    • VIS-Unifamiliar: hasta S/84.100, el subsidio del Bono Familiar Habitacional es de S/33.600
    • VIS-Multifamiliar: hasta S/105.000, el subsidio del BFH, es de S/33.600.
  • Para construcción de vivienda el BFH es de S/22.890 y para mejora de vivienda es de S/9.660.

Aunque en los próximos días se conocerán los nuevos requisitos, hasta la fecha, para poder acceder al bono, siempre han sido estos:

  • No haber recibido por medio del gobierno un apoyo habitacional por medio de cualquier programa para adquisición de vivienda.
  • Los ingresos familiares mensuales deben ser menores a S/3.626
  • No se debe poseer terreno o vivienda propia a nivel nacional.
  • Debe existir un grupo familiar conformado por jefe de familia, esposa e hijos, hermanos, primos menores de 25 años. Puede haber hijos mayores de 25 pero con discapacidad.

Vía Andina

 

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