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Subsidio por incapacidad por maternidad en México 2024: ¿Cómo solicitarlo hoy? y TODO lo que necesitas saber
julio 12, 2024
Autor: URPI La Hora
Subsidio por incapacidad por maternidad en México 2024: ¿Cómo solicitarlo hoy? y TODO lo que necesitas saber

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El subsidio por incapacidad por maternidad en México 2024 es un beneficio esencial para las mujeres trabajadoras que están embarazadas. Este subsidio garantiza un descanso adecuado y una compensación financiera durante el embarazo y el puerperio. En este artículo, explicaremos cómo solicitarlo hoy, los requisitos necesarios y todos los detalles relevantes sobre el proceso.

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¿Qué es el subsidio por incapacidad por maternidad?

Las mujeres embarazadas que tienen la calidad de aseguradas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen derecho a un descanso y un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización durante el embarazo y el puerperio.

Principales consideraciones

  1. Expedición del certificado único: El certificado único será por 84 días naturales, cubriendo el período prenatal y postnatal.
  2. Condiciones para el descanso: El parto debe ocurrir a partir de la semana 23 con producto vivo o muerto.
  3. Certificado único por los servicios médicos del IMSS: El certificado es otorgado por los servicios médicos del Instituto en los tres niveles de atención.
  4. No se realizarán ajustes: Una vez otorgado el certificado, no se harán ajustes al descanso o al pago de la prestación.

Pago de la incapacidad por maternidad

Las aseguradas tienen derecho a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización.

¿Cuáles son los requisitos para el derecho al subsidio?

Para tener derecho al subsidio por incapacidad por maternidad, se requiere:

  1. Treinta cotizaciones semanales: La asegurada debe haber cubierto al menos treinta cotizaciones semanales en los doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio.
  2. Certificación del embarazo: El Instituto debe certificar el embarazo y la fecha probable del parto.
  3. No ejecutar trabajo alguno: La asegurada no debe trabajar mediante retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto.

¿Y si la asegurada no cumple con el mínimo de cotizaciones?

Si la asegurada no cumple con el mínimo de cotizaciones, el pago del salario íntegro quedará a cargo del patrón. El patrón está obligado a pagar incapacidad por maternidad en estos casos.

¿Cómo se calcula el pago del subsidio?

El pago del subsidio se calcula con base en el total del último salario registrado ante el Instituto a la fecha de certificación y se pagará en una sola exhibición por los 84 días que ampare el certificado único de incapacidad por maternidad.

¿Cómo se realiza el pago?

  • Pago nominativo: Este puede realizarse mediante el servicio digital de pago de incapacidades en cuenta bancaria o en ventanilla bancaria.
  • Convenio de Pago Indirecto y Reembolso de Subsidios: Si la asegurada trabaja en una empresa con este convenio, el patrón entregará la prestación en dinero.

Transferencia de semanas

Se puede transferir desde una y hasta cuatro semanas del periodo prenatal al postnatal. En ningún caso se otorgarán menos de 84 días. Para solicitar la transferencia, la asegurada debe llenar una solicitud emitida por los servicios médicos del IMSS. Esta solicitud debe reflejar el consentimiento del patrón y la autorización del médico institucional.

En la consulta, el médico dictaminará si la asegurada está en condiciones de llevar a cabo la transferencia de semanas y certificará el estado de embarazo si es necesario. Si la solicitud es procedente, se indicará a la asegurada la nueva fecha en la que deberá regresar para expedir el certificado único de incapacidad.

Motivos para negar la transferencia de semanas

  1. Signos de alerta: Si el médico encuentra signos de alerta que impidan la transferencia.
  2. Consentimiento del patrón: Si el patrón no otorga su consentimiento.

Atención del parto en medio privado

Las aseguradas que decidan no atenderse en el IMSS deben acudir en una sola ocasión a la clínica correspondiente con su médico familiar para certificar el embarazo y expedir el certificado de incapacidad. Debe presentarse cualquier día de la semana 34 de gestación con su médico familiar para certificar el embarazo y, si es necesario, expedir el certificado de incapacidad.

¿De qué forma se certifica el embarazo?

El embarazo se certifica mediante el interrogatorio, exploración física y exámenes de laboratorio y/o gabinete. El personal médico de la Unidad de Medicina Familiar es responsable de proporcionar atención médica y elaborar el diagnóstico de embarazo.

¿Qué documentos deberá presentar la asegurada?

Las mujeres embarazadas deberán presentar:

  1. Documento con su Número de Seguridad Social.
  2. Identificación oficial.
  3. Ultrasonido reciente (con vigencia máxima de 5 semanas anteriores a la consulta).

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¿El patrón está obligado a pagar incapacidad por maternidad?

Sí, si la asegurada no cumple con el mínimo de cotizaciones, el pago del salario íntegro queda a cargo del patrón.

¿Cuánto dinero te da el seguro por incapacidad de embarazo?

El subsidio es igual al 100% del último salario diario de cotización registrado ante el Instituto.

¿A los cuántos días puedo cobrar mi incapacidad por maternidad?

El pago se realiza en una sola exhibición por los 84 días que ampare el certificado único de incapacidad por maternidad.

¿Se cuentan los domingos en las incapacidades por maternidad?

Sí, los días de incapacidad por maternidad incluyen todos los días naturales, incluyendo domingos.

¿Quién paga la incapacidad por maternidad?

El IMSS paga el subsidio si se cumplen los requisitos de cotización. Si no, el patrón es responsable del pago del salario íntegro.

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