El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) continúa con la entrega del Bono Lluvia 2023 para aquellas personas que perdieron su vivienda por las fuertes lluvias que se registran en el Perú. Aquí te dejamos los requisitos y beneficiarios de este subsidio.


CLIC AQUÍ ► Si el Bono Alimentario vence el 30 de abril de 2023, ¿puedo cobrarlo después?


Este 26 de abril, el Ministerio de Vivienda lanzó dos nuevas convocatorias para la entrega del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE), o también conocido como Bono Lluvia 2023, que establece la entrega de 500 soles para las familias que han perdido su inmueble debido a las lluvias.

Con ambas convocatorias se busca beneficiar a 24 familias del distrito limeño de Atavillos Bajo (Huaral) y a 23 familias de Carabayllo (región Lima), con la entrega de 500 soles mensuales, durante un plazo de dos años.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Lluvia?

El viceministro de Vivienda y Urbanismo del MVCS, Hernán Navarro, subrayó que, para la entrega del Bono Lluvia 2023, solo se solicitan dos requisitos:

  1. Que la vivienda donde habitaba la familia damnificada sea declarada inhabitable o destruida.
  2. Que el predio a alquilar se ubique en una zona segura.

¿Hay link del Bono Lluvia de S/ 500?

Sí hay link del Bono Lluvia de S/ 500. Según el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), para consultar si eres beneficiario de este subsidio, solo deben ingresar al portal del Fondo Mi Vivienda (https://www.mivivienda.com.pe/PortalWEB/), ubicarte en la sección del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) y ¡listo! Solo tienes que estar atento a la publicación de la lista de beneficiarios para el distrito en el que perteneces.

Recuerda que también puedes consultar esta lista en el local de tu municipalidad distrital y que los potenciales beneficiarios tienen un plazo de 10 días para presentar su documentación.

¿Qué documentación debo presentar?

Las familias convocadas tendrán que presentar esta documentación:

  1. Solicitud de otorgamiento del BAE
  2. Declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable  en el lugar de origen
  3. Contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas.
  4. Declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

Los formularios mencionados pueden descargarse desde el portal web del MVCS, dando clic aquí. Luego, acércate al local de las respectivas municipalidades y presenta tus documentos.

Para mayor información sobre el bono de emergencia, llama a la línea gratuita (01) 211-7930 anexos 2708 y 2706; y el WhatsApp 914-570724

VIDEO RECOMENDADO


Síguenos en nuestras redes sociales: